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ONU considera que reformas en el sistema de justicia venezolano son insuficientes

El informe general de la Misión Independiente de la ONU identificó al menos 3 instancias donde el sistema judicial venezolano no mantiene una independencia del Poder Ejecutivo septiembre 2021 y enero de 2022

Un informe de la Organización de Naciones Unidas (ONU), publicado este 20 de septiembre, aseveró que el Estado venezolano no garantiza las reformas legales para establecer un sistema de justicia imparcial, independiente y consecuente con la declaración de los Derechos Humanos 

«Las reformas que han venido anunciándose desde 2021 se han implementado de forma parcial —en el mejor de los casos— y no han abordado las graves deficiencias del sistema de justicia, que socavan su independencia e imparcialidad», indicó el tercer informe de la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela.

La misión de investigación especificó que las reformas establecidas por la Asamblea Nacional venezolana entre septiembre del 2021 y enero del 2022 no cumplen con la protección de la población civil. 

Entre las reformas que consideran irregulares, insuficientes o que se están cumpliendo «a medias» destacan:

Las reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia del 19 de enero del 2022.

La reforma, expresada en la Gaceta Oficial No. 6.684, redujo la cantidad de magistrados de 32 a 20 en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Además de la oportunidad de la reelección de magistrados más allá de los 12 años de servicios estipulados en la Constitución. 

«Como resultado, 12 de los magistrados que estaban en activo fueron reelectos y siguen ejerciendo poderes discrecionales sobre los nombramientos y ceses de jueces y juezas provisionales. Además, el nombramiento provisional de fiscales sigue sin resolverse», declara la ONU. 

Ley de Enjuiciamiento Criminal, publicado en octubre de 2021.

«Los plazos de los procedimientos penales, incluida la detención preventiva, se han reducido mediante dicha reforma (…). Sin embargo, en los casos documentados por la Misión, en la práctica, dichos plazos siguen sin cumplirse», establece el informe. 

Desacato a la reforma al Código Orgánico de Justicia Militar realizado por la Asamblea Nacional con vigencia el 17 de septiembre del 2021.

La Gaceta publicada bajo el número 6.646 establece que ningún civil puede ser juzgado por tribunales militares. Sin embargo, la ONU ha documentado la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia del 9 de diciembre de 2021 que permite que los tribunales militares seguir ejerciendo la jurisdicción sobre personas civiles, con el único requisito de que medie una motivación por parte de un juez militar. 

Antecedentes y preocupaciones

La ONU estableció en septiembre del 2021 que el sistema judicial venezolano tenía una postura «cuestionable» frente a la independencia del Poder Ejecutivo.

«La Misión también llegó a la conclusión de que el sistema de justicia contribuía directamente a perpetuar la impunidad de las violaciones de los derechos humanos y de los delitos, e impedía a las víctimas acceder a recursos legales y judiciales efectivos, y, en ciertos casos, contribuía a la política de Estado de aplastar a la oposición», se lee en el informe de la ONU.

Dentro de los crímenes adjudicados al Estado venezolano dirigido por Nicolás Maduro y el TSJ se encuentran la «falta de investigación y sentencias exhaustivas e imparciales» frente a las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes a los procesados, incluidas las relacionadas con la violencia sexual y de género. 

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