La Asamblea Nacional aprobó el pasado 27 de agosto por unanimidad, en primera discusión, una reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que modifica la composición del Comité de Postulaciones Judiciales. La propuesta eleva de 21 a 23 el número de integrantes: 11 diputados y 12 representantes de la sociedad civil.
El cambio ocurre en medio del proceso para renovar el TSJ, cuya escogencia fue acordada en el primer ciclo de conversaciones de la mesa de diálogo entre el oficialismo y representantes de la Asamblea Nacional electa en 2015.
¿Qué hace el Comité de Postulaciones Judiciales?
El Comité es el órgano encargado de recibir, revisar y evaluar las postulaciones de quienes aspiran a convertirse en magistrados del TSJ. Su función es elaborar la preselección de candidatos que posteriormente pasa a consideración de la Asamblea Nacional.
La Constitución lo define como un órgano asesor del Poder Judicial para la selección de candidatos a magistrados del máximo tribunal y establece que debe estar integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad.
Por eso, la composición del comité resulta determinante: sus integrantes participan en una etapa previa a la designación de quienes ocuparán los cargos de mayor jerarquía del sistema judicial venezolano.
¿Quiénes serían los 23 integrantes?
La reforma plantea una composición de 23 miembros. De ellos, 11 serían diputados de la Asamblea Nacional y 12 representantes de la sociedad civil. La distribución mantendría la presencia parlamentaria que ya existe y aumentaría de 10 a 12 los representantes de sectores sociales.
La diferencia es relevante porque, aunque los diputados seguirían representando 11 de los puestos, la sociedad civil tendría una mayoría de 12 integrantes. El debate, sin embargo, no se centra únicamente en cuántos representantes tendría cada sector, sino en si los parlamentarios pueden integrar el comité en primer lugar.
El artículo 270, en el centro de la controversia
El abogado constitucionalista Rafael Badell Madrid sostiene que la incorporación de diputados es inconstitucional. Su argumento parte del artículo 270 de la Constitución, que señala que el Comité de Postulaciones Judiciales estará integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad.
Badell Madrid sostiene que, además del texto constitucional, la Exposición de Motivos y el Diario de Debates respaldan una interpretación según la cual el comité debe estar compuesto exclusivamente por representantes sociales.
(1/2) Es inconstitucional que los diputados de la Asamblea Nacional formen parte del Comité de Postulaciones Judiciales.
— Rafael Badell Madrid (@rbadell) August 27, 2026
De acuerdo con el artículo 270 de la Constitución, su Exposición de Motivos y el Diario de Debates, el Comité de Postulaciones Judiciales estará integrado… pic.twitter.com/uHmGjjIrRt
Perkins Rocha, abogado y dirigente político, coincide con esta interpretación. Afirma que ningún parlamentario debería integrar el órgano, independientemente de que sean 11 diputados o una cantidad menor.
Para Rocha, la composición debería reservarse a integrantes cualificados de la sociedad civil, como profesores universitarios especializados en Derecho, miembros de academias y representantes de colegios profesionales.
No siguieron el consejo y lo que aprobaron en 1era discusión ES INCONSTITUCIONAL… No por el hecho de que en otros tiempos se había hecho de esta manera (2094,2010,…) debe repetirse el error que en este momento es injustificable dada la incertidumbre sobre cual será el órgano… pic.twitter.com/0QZW5YR3Ej
— Perkins Rocha (@PerkinsRocha) August 28, 2026
¿Qué dicen las organizaciones de derechos humanos?
Marino Alvarado, activista de derechos humanos, también cuestionó la reforma y sostuvo que la Asamblea Nacional modificó la legislación del TSJ en contradicción con la Constitución.
Atención @Dinorahfiguera @egleegolobato @LarryDevoe se reformó la ley del Tribunal Supremo de Justicia violando la Constitución.
— Marino Alvarado B (@marinoalvarado) August 28, 2026
Diputados no pueden integrar el Comité de Postulaciones Judiciales.
La acciones inconstitucionales de @jorgerpsuv y la cúpula no deben normalizarse https://t.co/sOquX9erKO
Acceso a la Justicia planteó la misma objeción. La organización considera que los diputados son funcionarios públicos y, por tanto, no pueden ser considerados representantes de la sociedad civil para efectos del artículo 270 constitucional.
La organización recordó además que la reforma apenas fue aprobada en primera discusión. Por ahora, el proyecto modifica la composición del comité, pero todavía debe pasar por una segunda discusión, en la que podría cambiar su contenido.
#AlertaLegal El día de hoy #27ago, en sesión extraordinaria, la Asamblea Nacional (AN) unánimemente aprobó en primera discusión la Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) August 27, 2026
La reforma busca modificar el artículo 65 de la ley, a fin de cambiar la composición… pic.twitter.com/iT3wEOVwW5
El debate ocurre mientras el país avanza hacia la renovación del TSJ. En ese escenario, la discusión sobre quiénes integrarán el Comité de Postulaciones Judiciales no es un asunto meramente administrativo: define quiénes tendrán participación en la etapa inicial de selección de los magistrados del máximo tribunal venezolano.
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