El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) denunció este lunes, 23 de febrero, que los tribunales con competencia en terrorismo se negaron a recibir las solicitudes de sobreseimiento que, conforme a la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, pueden presentar las propias víctimas.
A través de su cuenta en X, el SNTP informó que asistió y acompañó este lunes a un grupo de periodistas en el Palacio de Justicia, quienes introducirían sus peticiones de sobreseimiento, de acuerdo con el artículo 11 de la misma Ley. Sin embargo, ningún tribunal recibió los escritos, aunque se trata de un trámite “estrictamente secretarial”.
Según el SNTP, los tribunales estaban de “comisión”, “sin despacho” o remitían a las víctimas a los defensores públicos correspondientes, violando el artículo 11 de la Ley que le da la potestad a las propias víctimas para solicitar la amnistía.
“Los tribunales están obligados a verificar los supuestos de la amnistía y decidir en un plazo que no exceda de quince (15) días continuos, de conformidad con el mismo artículo”, recordó el sindicato.
El ente recalcó que los tribunales “están obligados” a verificar los supuestos de la amnistía y decidir en un plazo que no exceda de 15 días continuos, de conformidad con el mismo artículo.
El sindicato exigió la recepción inmediata de todas las solicitudes de amnistía presentadas por las víctimas, el respeto al plazo legal de 15 días para la decisión de los casos, el cese de trabas administrativas y dilaciones indebidas y la actuación de la Comisión Especial de la Asamblea Nacional para asegurar la correcta aplicación de la ley.
#URGENTE | Los tribunales con competencia en terrorismo se negaron este #23Feb a recibir las solicitudes de sobreseimiento que, conforme a la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, pueden presentar las propias víctimas.
— SNTP (@sntpvenezuela) February 23, 2026
El #SNTP asistió y acompañó hoy a un grupo de…
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.



