Pese a la aprobación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó, mediante la sentencia n.º 67 del 26 de febrero, que el delito de “incitación al odio” no prescribe.
La ONG Acceso a la Justicia posteó un mensaje en su cuenta en X en el que explica que la Sala estableció que el delito de “incitación al odio” tiene carácter imprescriptible debido a que los hechos previstos en esa norma constituyen violaciones graves de derechos humanos.
“Este criterio resulta preocupante. Las llamadas leyes contra el odio suelen utilizarse para criminalizar el disenso y sancionar opiniones críticas, especialmente cuando estas cuestionan al poder político o a quienes lo ejercen”, señaló la ONG.
Acceso a la Justicia argumentó que las verdaderas violaciones de derechos humanos son aquellas cometidas por el Estado, como lo son la persecución política, la represión o la censura, que es lo que promueve la Ley Constitucional contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.
También señalaron que esta interpretación del TSJ se produce “en un momento político en el que se habla de reconciliación y convivencia democrática, ya que la ampliación del alcance penal de este tipo de delitos puede tener efectos inhibitorios sobre el debate público y la libertad de expresión”.
Acceso a la Justicia reiteró que “la criminalización de la expresión y la persecución de opiniones sí constituyen violaciones al derecho humano a la libertad de expresión“, no solo protegidos por la Constitución sino por tratados internacionales de derechos humanos suscritos por Venezuela.
#AlertaLegal La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia n.° 67 del #26feb, sostuvo que el delito de incitación al odio no prescribe con el paso del tiempo.
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) March 5, 2026
En su decisión, la Sala afirma que este delito tiene carácter imprescriptible,… pic.twitter.com/9vNunRBcEG
AN admitió mal uso de la ley
El pasado 19 de febrero, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, admitió el uso inadecuado de la ley contra el odio y consideró la posibilidad de reformar la normativa que establece penas de hasta 20 años de cárcel.
“La Ley contra el odio es muy útil, pero hubo situaciones de mala utilización y aplicación de esta legislación”, dijo Rodríguez.
La Ley Constitucional contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia fue aprobada en noviembre de 2017 por la AN, tras meses de crisis política y masivas protestas antigubernamentales.
Diversas organizaciones defensoras de derechos humanos y agrupaciones de partidos políticos como la Plataforma Unitaria, han calificado esta ley como parte de un “marco legal represivo” que persigue a venezolanos disidentes.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.



