¿Opacidad represiva? Fiscalía niega datos desagregados sobre Ley de Amnistía

El fiscal general de la República, Larry Devoe, negó la entrega de información pública solicitada por organizaciones de derechos humanos sobre la aplicación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada en febrero de este año.

La decisión fue comunicada mediante una carta con fecha 30 de abril de 2026, enviada a representantes de Espacio Público y del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), en respuesta a una solicitud consignada el 15 de abril.

En la misiva, el funcionario argumenta que la petición no cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Transparencia. De forma textual, señala: “No se expresan los motivos que justifiquen la solicitud de información de interés público peticionada, tal como lo consagra el artículo 9 numeral 4 de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público”.

La solicitud de las organizaciones —entre ellas Espacio Público y Alerta Venezuela— buscaba obtener datos detallados sobre la ejecución de la ley, incluyendo cifras de excarcelaciones, aplicación de medidas cautelares, distribución por estados, centros de detención, y número de solicitudes declaradas improcedentes o inadmisibles.

Solo datos genéricos

Aunque negó el acceso a la información desagregada, Devoe incluyó en su respuesta un dato global proveniente de la Comisión Especial para el Seguimiento de la Ley de Amnistía. En la carta se indica que fueron beneficiadas “un gran total de 8616 ciudadanas y ciudadanos en conflicto con la ley, en virtud de llenar los extremos requeridos en dicha norma”.

El documento no detalla cómo se distribuyen esos casos ni responde a los criterios específicos solicitados por las organizaciones.

Las ONG sustentaron su petición en el derecho al acceso a la información pública y la contraloría social, contemplados en los artículos 51 y 143 de la Constitución, así como en varios artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público.

Entre los datos requeridos se incluían número de boletas de excarcelación emitidas y ejecutadas, personas beneficiadas bajo medidas cautelares, casos por estado vinculados a procesos policiales arbitrarios, listado de centros de detención y número de beneficiarios por cada uno, solicitudes declaradas improcedentes o inadmisibles y denuncias por retardo u omisión en la ejecución de la ley.

ONG cuestionan la falta de datos

En su pronunciamiento del 4 de mayo, Espacio Público sostiene que la negativa del Ministerio Público limita la posibilidad de evaluar el impacto real de la Ley de Amnistía, al restringir el acceso a información clave.

“La respuesta del Ministerio Público no solo contraviene los estándares internacionales de transparencia, sino que pretende condicionar un derecho humano fundamental a la discrecionalidad administrativa. Al alegar una supuesta falta de ‘motivos’ para acceder a datos estadísticos, la Fiscalía levanta una barrera burocrática que impide evaluar la eficacia real de la Ley de Amnistía”, denunció Espacio Público.

Las organizaciones consideran que la publicación de cifras generales “es insuficiente para auditar un proceso que impacta directamente en la libertad de miles de personas” y reiteran que el acceso a este tipo de datos es de interés público.

Asimismo, exigen la entrega de la información desagregada, tras señalar que no debe condicionarse a la justificación de motivos por parte de los solicitantes y recalcaron su llamado a que “se cumpla con el principio de máxima divulgación establecido en la Ley de Transparencia, desglosando la ejecución por centros de detención y estados, para garantizar que la Ley de Amnistía no sea una cifra vacía, sino una garantía verificable de justicia y libertad”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

El fiscal general Larry Devoe rechazó entregar información detallada sobre la aplicación de la Ley de Amnistía, tras alegar "falta de justificación" en la solicitud de al menos tres ONG. Aunque informó que 8616 personas habían sido beneficiadas, las organizaciones denuncian opacidad y exigen datos detallados
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El fiscal general de la República, Larry Devoe, negó la entrega de información pública solicitada por organizaciones de derechos humanos sobre la aplicación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada en febrero de este año.

La decisión fue comunicada mediante una carta con fecha 30 de abril de 2026, enviada a representantes de Espacio Público y del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), en respuesta a una solicitud consignada el 15 de abril.

En la misiva, el funcionario argumenta que la petición no cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Transparencia. De forma textual, señala: “No se expresan los motivos que justifiquen la solicitud de información de interés público peticionada, tal como lo consagra el artículo 9 numeral 4 de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público”.

La solicitud de las organizaciones —entre ellas Espacio Público y Alerta Venezuela— buscaba obtener datos detallados sobre la ejecución de la ley, incluyendo cifras de excarcelaciones, aplicación de medidas cautelares, distribución por estados, centros de detención, y número de solicitudes declaradas improcedentes o inadmisibles.

Solo datos genéricos

Aunque negó el acceso a la información desagregada, Devoe incluyó en su respuesta un dato global proveniente de la Comisión Especial para el Seguimiento de la Ley de Amnistía. En la carta se indica que fueron beneficiadas “un gran total de 8616 ciudadanas y ciudadanos en conflicto con la ley, en virtud de llenar los extremos requeridos en dicha norma”.

El documento no detalla cómo se distribuyen esos casos ni responde a los criterios específicos solicitados por las organizaciones.

Las ONG sustentaron su petición en el derecho al acceso a la información pública y la contraloría social, contemplados en los artículos 51 y 143 de la Constitución, así como en varios artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público.

Entre los datos requeridos se incluían número de boletas de excarcelación emitidas y ejecutadas, personas beneficiadas bajo medidas cautelares, casos por estado vinculados a procesos policiales arbitrarios, listado de centros de detención y número de beneficiarios por cada uno, solicitudes declaradas improcedentes o inadmisibles y denuncias por retardo u omisión en la ejecución de la ley.

ONG cuestionan la falta de datos

En su pronunciamiento del 4 de mayo, Espacio Público sostiene que la negativa del Ministerio Público limita la posibilidad de evaluar el impacto real de la Ley de Amnistía, al restringir el acceso a información clave.

“La respuesta del Ministerio Público no solo contraviene los estándares internacionales de transparencia, sino que pretende condicionar un derecho humano fundamental a la discrecionalidad administrativa. Al alegar una supuesta falta de ‘motivos’ para acceder a datos estadísticos, la Fiscalía levanta una barrera burocrática que impide evaluar la eficacia real de la Ley de Amnistía”, denunció Espacio Público.

Las organizaciones consideran que la publicación de cifras generales “es insuficiente para auditar un proceso que impacta directamente en la libertad de miles de personas” y reiteran que el acceso a este tipo de datos es de interés público.

Asimismo, exigen la entrega de la información desagregada, tras señalar que no debe condicionarse a la justificación de motivos por parte de los solicitantes y recalcaron su llamado a que “se cumpla con el principio de máxima divulgación establecido en la Ley de Transparencia, desglosando la ejecución por centros de detención y estados, para garantizar que la Ley de Amnistía no sea una cifra vacía, sino una garantía verificable de justicia y libertad”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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