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Sentencia de sindicalistas casi iguala a la del “Niño Guerrero” 

sindicalistas
Francisco Zambrano
Hace 1 año
La condena del líder del Tren de Aragua es apenas un año mayor que la de los dirigentes gremiales 
Los asesinos del periodista Javier García y el actor Yanis Chimaras, así como el traficante de drogas Larry Tovar Acuña, fueron sentenciados a penas inferiores 
Analistas asoman que con esta acción se persigue enviar un mensaje a quienes protagonizan la protesta sindical en Venezuela 

 

@franzambranor
 

 

Las condenas de 16 años a los sindicalistas Reynaldo Cortés, Alonso Meléndez, Alcides Bracho, Néstor Astudillo, Gabriel Blanco y Emilio Negrín apenas superan apenas por un año a la impuesta a Hector Rusthenford Guerrero Flores, alias “Niño Guerrero”, quien purga una pena por delitos de asesinato, robo de residencias, porte de armas, tráfico de drogas y por haberse fugado de la cárcel de Tocorón. Guerrero es señalado además de ser operador de la megabanda del Tren de Aragua. 

Por su parte, Isaac Molleda Zárraga fue condenado a 15 años de prisión por el asesinato del periodista Javier García el 14 de junio de 2008; Jean Manuel Montilla fue sentenciado a 16 años de cárcel por el homicidio del actor Yanis Chimaras el 24 de abril de 2007, mientras que Larry Tovar Acuña a 13 años de confinamiento en 1998 por participar como testaferro de un cártel colombiano que trasladaba droga de Colombia a Estados Unidos.

Las sentencias a estos homicidas y narcotraficantes son inferiores a las impuestas el pasado martes 1 de agosto a los seis sindicalistas por los supuestos delitos de conspiración y asociación para delinquir.

Los dirigentes gremiales fueron detenidos entre el 4 y el 7 de julio de 2022 luego de que encabezaron protestas callejeras para exigir salarios dignos y otras mejoras laborales. 

Este jueves 3 de agosto, Tarek William Saab, fiscal general de la República impuesto por la extinta Asamblea Nacional Constituyente, dijo que los condenados no son sindicalistas sino miembros de una organización subversiva llamada Unidad de Resistencia Popular (URP).

“No pertenecen a ningún sindicato. No se encontraban realizando alguna labor ligada a una lucha social, ninguno es trabajador activo, ninguno está registrado en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, aparecen como desempleados”, expresó. 

Saab sostuvo que el sexteto estaba apoyado por facciones colombianas.

“Actuaron como miembros de una estructura delictiva en la ejecución de acciones en distintos estados como Zulia, Vargas, Falcón y Distrito Capital”. 

Saab indicó que entre las acciones que supuestamente planeaban los sindicalistas estaba entorpecer las actividades de Nicolás Maduro y el alto mando militar en los actos del 5 de julio de 2022, así como asaltar el Conscripto de alistamiento militar de San Jacinto en Mérida con el propósito de apoderarse de 120 fusiles

El funcionario de Maduro agregó que las 15 evidencias recogidas en el caso de los sindicalistas fueron presentadas a la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

 

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Aberración judicial 

El abogado especializado en ciencias penales y criminológicas, Luis Izquiel, indicó que la pena de 16 años de prisión a los sindicalistas es un exabrupto.

“Es mayor que la pena promedio prevista para el homicidio intencional. El artículo 405 del Código Penal establece cárcel de 12 a 18 años para el homicidio intencional, que al aplicarse la regla de término medio quedaría en 15 años”.  

Izquiel sostuvo que a los sindicalistas se les está castigando por el simple hecho de protestar. “Eso es algo que no debería  ocurrir en un país con Estado de Derecho”.

En un video difundido por redes sociales, el abogado de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia, Alfonso Medina Roa dijo que los dos elementos valorados por la jueza Grendy Duque del Tribunal 2do con competencia en terrorismo fueron un informe de contrainteligencia y la extracción de mensajes de diferentes equipos electrónicos.

El informe por sí solo carece de vida jurídica, es anónimo, es un informe que de una u otra manera debe anteceder al proceso, no está estipulado en nuestro ordenamiento jurídico. En cuanto al procedimiento con los equipos electrónicos, estos se realizaron sin ningún tipo de autorización de ningún tribunal de la República, es decir, bajo una forma ilícita conforme a las leyes venezolanas”, explicó- 

El también abogado Juan Manuel Raffalli indicó que tomando en cuenta que delitos como robo y agresión sexual contemplan una pena de entre 6 y 12 años, lo acontecido con los sindicalistas es una desproporción jurídica.

Es una pena desproporcionada para alguien que está en una actitud de protesta exigiendo reivindicaciones salariales, como ha sido expuesto pública y notoriamente. Creo que cuando las penas son desproporcionadas no se trata de poner un correctivo a esos hechos que constituyen un delito, sino lo que se trata de establecer es un escarmiento o evitar que otras personas en el futuro hagan lo mismo. Los trabajadores corren el riesgo de caer en el terreno de la persecución política, o de simplemente, intolerancia ante un reclamo sindical”. 

 

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