Las organizaciones sin fines de lucro tendrán que suministrar información de sus actividades, indica lo establecido en la Gaceta Oficial número 42098
Este martes, Acceso a la Justicia denunció que el Gobierno de Maduro nuevamente intenta controlar a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG). Se trata de una nueva normativa publicada en la Gaceta Oficial Nro. 42.098, providencia n° 001-2021, con fecha del 30 de marzo, donde se establece que estas agrupaciones deberán registrarse en la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo.
“Una vez más el régimen de Maduro pretende controlar las ONG, en esta ocasión por medio de la Normativa para el Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo”, denunció Acceso a la Justicia en Twitter.
“Entre los recaudos para inscribir organizaciones sin fines de lucro en el Registro Unificado de Sujetos Obligados, destaca la entrega de un listado de los organismos (nacionales o extranjeros) de los cuales reciba dádivas, donaciones o aportes (art. 6.4)”, advirtió la organización no gubernamental.
Acceso a la Justicia recalcó que en su artículo 6.6, La providencia n° 001-2021 también indica que las ONG deben suministrar un listado de las sucursales extranjeras de las organizaciones internacionales y de otras organizaciones, con las que hayan acordado algún tipo de asociación.
Además de imponer el registro ante la Oficina contra el Financiamiento del Terrorismo y suministrar información sobre los recursos que reciben, con quienes se asocian y qué actividades realizan, la nueva normativa le exige a las ONG que entreguen un listado donde se identifique a las personas beneficiadas por sus programas sociales.
#AlertaLegal Una vez más el régimen de Maduro pretende controlar las ONG, en esta ocasión por medio de la Normativa para el Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Se abre hilo #JusticiaVe pic.twitter.com/4kFFIefnQN
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) April 13, 2021
#AlertaLegal El Registro Unificado de Sujetos Obligados busca supervisar aquellos sujetos (personas naturales o jurídicas) cuya actividad no se encuentra regulada por una ley especial, o bien personas que realizan actividades no financieras que deben ser supervisadas #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) April 13, 2021
#AlertaLegal Para la inscripción de organizaciones sin fines de lucro en el Registro Unificado de Sujetos Obligados, la providencia señala que deben consignar una serie de recaudos #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) April 13, 2021
#AlertaLegal La providencia n.° 001-2021 también indica que las ONG deben suministrar un listado de las sucursales extranjeras de las organizaciones internacionales, y de otras organizaciones con las que hayan acordado algún tipo de asociación (artículo 6.6) #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) April 13, 2021
#AlertaLegal El año pasado Sudeban, en su circular n.º SIB-DSB-CJ-OD-06524 (20/11/2020), había ordenado a los bancos y demás instituciones financieras a implementar medidas para monitorear las operaciones financieras de las ONG (activa tu VPN) https://t.co/zJoMs6HpHJ #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) April 13, 2021
*Con información de TalCual