El pasado 24 de julio, el gobierno encargado de Venezuela, presidido por Delcy Rodríguez bajo tutela de Estados Unidos, anunció su decisión “irrevocable” de retirarse del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). La notificación fue difundida por el canciller Félix Plasencia, donde justificó la medida por el “sesgo geográfico” dentro del tribunal, asegurando que este se dirige de forma desproporcionada a naciones del Sur Global, específicamente en África y América Latina.
A partir de ese momento, organizaciones de derechos humanos rechazaron tal decisión. Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional, lamentó la medida y señaló que este accionar del Estado venezolano “es el último paso de una larga serie de esfuerzos para evitar el escrutinio y la rendición de cuentas por algunos de los crímenes más graves bajo el derecho internacional”.
Por su parte, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales (Anciepol) advirtió en días pasados que la denuncia del Estado venezolano contra el Estatuto de Roma y su retiro de la CPI es violatoria de la Constitución y el derecho internacional. De acuerdo con el artículo 23 de la Constitución, citado en un comunicado de la Academia, al ser un tratado “relativo a derechos humanos”, el Estatuto de Roma tiene “jerarquía constitucional”.
La Presidencia de la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma manifestó “preocupación” por la decisión de Estado venezolano y de la República del Chad (que también anunció su retiro), señalando que con esto “corren el riesgo de socavar la búsqueda colectiva de justicia y de debilitar los esfuerzos mundiales para acabar con la impunidad”.
Además, la Presidencia recordó que la retirada del Estatuto de Roma “no exime a un Estado parte de las obligaciones contraídas durante el período en que siguió siendo Parte del Estatuto”.
Para entender el alcance de esta medida, Sonia Robla, jefa de la Sección de Información Pública y Sensibilización de la CPI, respondió cinco preguntas que explican las competencias de la Corte y los efectos de un retiro del Estatuto:
¿Puede un estado parte retirarse de la CPI?
En un video publicado en los canales oficiales de la CPI, Sonia Robla señaló que un Estado parte puede retirarse de la CPI y que el retiro de la Corte “es una decisión soberana de los Estados que está sujeta a las disposiciones del artículo 127 del Estatuto de Roma, que es el tratado fundacional de la Corte”
¿El estado deja de ser parte de la CPI inmediatamente luego de la notificación de retiro?
Según explicó Robla, el retiro del Estatuto de Roma surte efectos un año después que se presenta la notificación de denuncia o retiro ante el secretario general de Naciones Unidos, es decir, para el 24 de julio de 2027.
“El estado que notifica su retiro continuará plenamente obligado por el Estatuto de Roma como estado parte hasta la fecha en que el retiro surta efecto, es decir, seguirá siendo parte de la CPI hasta un año después de la notificación”, agregó la funcionaria de la Corte.
Por otro lado, recordó que según lo establecido en el artículo 127 del Estatuto de Roma, luego de que el retiro surte efecto, el Estado que se retira “seguirá de todas maneras vinculado por las obligaciones que hubieran surgido mientras era estado parte de la CPI”.
¿El retiro de Venezuela afecta la investigación sobre la situación en Venezuela aún?
Una de las dudas más comunes se relaciona con el caso Venezuela I, abierto por la Corte en el año 2021 y que busca investigar los presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país, al menos desde abril de 2017. El proceso abarca abusos como tortura, detenciones arbitrarias y persecución política.
Aunque Venezuela se retire del Estatuto, indicó Sonia Robla, esto no afecta las investigaciones en marcha ni los procedimientos iniciados antes de la fecha en que esa salida se haga efectiva. Además, “el retiro no afecta a las obligaciones preexistentes de cooperación que se derivan de las investigaciones o los enjuiciamientos de la Corte”.
¿La CPI tiene competencia para investigar crímenes internacionales cometidos en Venezuela después del retiro?
Sonia Robla señaló que los crímenes internacionales que hubieran ocurrido mientras Venezuela fue parte del Estatuto de Roma y hubieran sido cometidos en el territorio del país o por sus nacionales, “permanecen bajo la competencia de la CPI”.
“De este modo, la CPI conserva su competencia para investigar y para juzgar a los posibles responsables de estos crímenes en el futuro, también incluso después del retiro”, agregó Robla en su explicación.
¿Cómo sigue el trabajo de la CPI luego de la notificación del retiro de Venezuela?
Sonia Robla expresó que el trabajo de la Corte relacionado con Venezuela sigue avanzando y que la investigación no se ha detenido. De hecho, informó, la Fiscalía de la CPI continúa recabando todas las pruebas disponibles. A eso, recalcó la confidencialidad del proceso, algo fundamental “para preservar la integridad de los procedimientos”.
“Además, la Corte actúa de forma complementaria y no sustituye a las jurisdicciones nacionales que tienen la responsabilidad primordial de investigar y enjuiciar a los responsables de crímenes internacionales”, concluyó Robla.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.



