El #MeToo venezolano - Runrun
Dhayana Fernández-Matos Abr 28, 2021 | Actualizado hace 1 mes
El #MeToo venezolano

@dhayanamatos

En 2017 el productor de cine hollywoodiense Harvey Weinstein fue destituido de su empresa por las acusaciones de acoso sexual contra actrices y otras empleadas. Fue el periódico The New York Times el que publicó las violencias que Weinstein había cometido contra distintas mujeres durante más de 30 años.

Diez días después de la publicación, el 15 de octubre de 2017, la actriz Alyssa Milano –conocida en Venezuela por el papel que tenía cuando era niña en la serie de televisión ¿Quién manda a quién? (Who’s the Boss? en inglés) y en Charmed– escribía en su Twitter el hashtag #MeToo, en el que invitaba a las mujeres a compartir y hacer públicas sus experiencias de acoso.

Actrices muy conocidas respondieron a este llamado, entre ellas, Ashley Judd, Mira Sorvino, Gwyneth Paltrow y Angelina Jolie. Esto generó que muchas mujeres, no conocidas, también expresaran sus testimonios y quedara en evidencia que el problema no era solo Weinstein, sino una cultura de abuso y acoso sexual “normalizada” que afecta a las mujeres y que responde a ese continuum de violencia que permea los espacios privados y públicos en los que se desenvuelven y que, sin dudas, se constituye en un obstáculo en su vida y en su salud física, psicológica y sexual.

#YoSíTeCreo

A las reacciones al #MeToo gringo, se le unió el lema “Hermana, yo sí te creo”, cuyo origen fue un texto del escritor gallego Roy Galán, en el que manifestaba su apoyo a una mujer víctima de violación por cinco hombres (conocidos como La Manada) durante las fiestas de Sanfermines.

El trato discriminatorio que se le dio los primeros tiempos a la víctima por parte del juez de la causa, y la molestia que provocó en España que los abogados de los acusados se basaran en la supuesta “mala reputación” de esta en los alegatos de defensa, hicieron que el movimiento de mujeres, feministas y la población en general reaccionaran. Las manifestaciones, plantones, campañas por redes sociales, entre otras acciones, se repitieron por todos lados.

Este lema también se viralizó y se extendió su uso por distintas regiones del mundo. En América Latina, #MeToo y #YoSíTeCreo, han sido usados recurrentemente por los movimientos de mujeres y feministas para apoyar a aquellas que no obtienen respuestas a sus demandas de justicia en los casos de violencia y ante la revictimización que sufren por parte de los funcionarios públicos cuando ponen en duda sus testimonios, basados, entre otras razones, en prejuicios y representaciones sociales estereotipadas de lo que “debe ser” una mujer víctima.

También se han usado para manifestar apoyo a alguna mujer que se atreve a romper el silencio y contar su experiencia como víctima de agresión y violencia sexuales.

Esto es lo que ha estado ocurriendo en el caso de las mujeres venezolanas desde el fin de semana pasado. Comenzó con testimonios sobre actos de violencia contra muchachas muy jóvenes cometidos por ciertos músicos e integrantes de algunas bandas musicales nacionales, pero, como en los casos foráneos, fueron extendiéndose a otros tipos de agresores: profesores, jefes, compañeros de clases, vecinos, amigos, conocidos y desconocidos.

Y los testimonios no paran. Basta con entrar a Twitter para encontrar infinidad de venezolanas que cuentan su historia.

Hay quienes comienzan a hablar de una “cacería de brujas”, sin comprender que, como ocurre en los casos de pederastia, procesar emocionalmente las agresiones no es tarea fácil y puede llevar años de terapia lograr hacerlo, o incluso, no superarlo nunca. Pero, cuando alguien se atreve a romper el silencio, las otras personas sienten que su caso no es único y van adquiriendo confianza para contar su experiencia propia. Se genera un efecto dominó.

Bajo la alfombra de la “normalidad”

También es importante tener presente que, muchas de las conductas que hoy en día son claramente reconocidas como violencia, durante mucho tiempo se consideraron “comportamientos normales” y formas de interrelacionarse que eran legitimadas socialmente.

Por ejemplo, que en el trabajo hubiese un acosador (no un “picaflor”) que se aprovechaba de su posición de poder para intentar tener sexo con alguna de sus compañeras o empleadas, o un intercambio de sexo por un aumento de salario o por un cargo más alto. El profesor de clases, reconocido, respetado y admirado que invitaba a salir a una estudiante, hasta acosarla sexualmente, a cambio de una buena calificación. El anciano o el adolescente (no hay un grupo etario específico) que tocaba a la vecinita de seis años y le daba caramelo para que no lo contara. El tipo en la calle que se siente con derecho de besar a una desconocida o tocarle una nalga y cree que su comportamiento es gracioso. El cantante, músico o deportista famoso que cree que esta es razón para tratar a las mujeres como objetos desechables y agredirlas sexualmente. El funcionario de prisiones que, en lugar de proteger los derechos de las mujeres privadas de libertad, las viola.

El que emborracha a una mujer para luego violarla, el esposo que viola a su esposa porque la considera de su propiedad, entre tantos otros casos. Todos son actos de violencia contra las mujeres basada en género. Si nos atrevemos a reflexionar y a ampliar nuestra mente, es bastante probable que todos podamos reconocer a un depredador sexual.

La asimetría del poder, pasto para el abuso

En la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer aprobada por las Naciones Unidas en 1993, se dejó claramente establecido que “la violencia contra la mujer constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer” y, además, se trata de “uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre”.

Comprender esta definición resulta fundamental para que se visualice porqué los actos señalados por el movimiento #MeToo venezolano se constituyen en violencia contra las mujeres, ya que se basan en agresiones y asimetrías de poder.

Retomemos los ejemplos señalados para observar cómo se configura la asimetría de poder. El jefe ante la posición de una empleada subalterna; el profesor brillante ante su discípula; el músico famoso ante su fan; el hombre adulto ante la niña; el esposo que se cree propietario de su cónyuge; el hombre de la calle que sabe que la mujer no va a reaccionar porque le tiene miedo… Todos estos casos se definen por ese poder que les permite agredir a las mujeres que se encuentran en una posición subordinada.

Esta subordinación es de origen histórico y hunde sus raíces en los obstáculos que han tenido que ir superando las mujeres para obtener la condición de ciudadanas y ejercer derechos. Lo que hoy día se ha conseguido de manera formal, pero aún falta mucho para que hablar de una igualdad real y efectiva.

Violencia sexual según la justicia internacional

También es importante entender que la violencia sexual va más allá de la violación. Este último delito es solo una de las manifestaciones de este tipo de violencia.

La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define, tipifica como delitos, 21 acciones, entre ellas, los actos de acoso, amenaza y violencia sexual, que en los testimonios de Twitter son los más numerosos. No obstante, quiero remitirme a la primera definición de violencia sexual elaborada por un tribunal internacional.

Se trata del caso The Prosecutor vs. Jean-Paul Akayesu, conocido por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR), en los crímenes cometidos durante el genocidio ruandés. En su sentencia, el tribunal determinó que la violencia sexual es “cualquier acto de naturaleza sexual que se comete contra una persona bajo circunstancias coercitivas”. Esto incluye también la violación.

Además, agregó que “La violencia sexual no está limitada a la invasión física del cuerpo humano y puede incluir actos que no implican penetración ni contacto físico”.

La importancia de esta definición es que dejó expresamente establecido que se puede dar violencia sexual, incluso cuando no hay contacto físico alguno, siempre que se trate de actos de naturaleza sexual en contra de una persona y que haya coerción, que se le obligue a hacerlo.

Esto implica que, aun ciertos actos que no pueden ser perseguidos penalmente, entran dentro de esta definición.

La violencia contra las mujeres es metaestable, se persiguen ciertas formas de agresión y aparecen otras que no pueden ser enjuiciadas porque no están tipificadas penalmente, pero eso no quiere decir que los testimonios sean falsos.

Todo lo que está sucediendo con el #MeToo venezolano debe llevarnos a reflexionar sobre las barreras, obstáculos y violaciones de derechos humanos que afectan a las mujeres venezolanas por el hecho de serlo. Además, como sociedad debe llevarnos a reflexionar sobre la necesidad de que se den transformaciones socioculturales que permitan a las mujeres el goce efectivo de su derecho humano a una vida libre de violencias. El cambio cultural, la superación del machismo, es el mecanismo más eficaz para superar esta grave problemática.

Y mientras tanto… #YoSíTeCreo…

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