¿Qué dicen las leyes venezolanas sobre el aborto? - Runrun
¿Qué dicen las leyes venezolanas sobre el aborto?
El aborto es ilegal y está penalizado en Venezuela. El Código Penal tipifica el aborto inducido como delito, con penas entre seis meses y dos años en prisión a mujeres que los practiquen valiéndose por ellas mismas o con ayuda de un tercero
El aborto, incluso, es ilegal en caso de incesto, de que se trate de una menor de edad, por una malformación congénita en el feto o que haya ocurrido producto de una violación
Venezuela es el país de la región con una de las leyes más restrictivas, rígidas y anacrónicas en cuanto a aborto se refiere: no ha tenido reforma desde hace más de 100 años

La discusión sobre el aborto o la interrupción voluntaria del embarazo no planificado en Venezuela siempre ha estado rodeada de prejuicios, estigmas, tabúes y mucho desconocimiento. Es un tema polémico ahí donde sea que se mire: ámbitos familiares, políticos, religiosos, sociales. 

Usualmente, la conversación suele quedarse en círculos de feministas, activistas, organizaciones o movimientos a favor de los derechos sexuales y reproductivos. A pesar de todo esto, es un hecho: las mujeres abortan. Lo han hecho antes, lo hacen ahora y lo seguirán haciendo. Y lo hacen más de lo que se cree porque es un secreto a voces. 

En Runrun.es contactamos a las especialistas: Selene Soto, abogada de la organización Women’s Link; Venus Faddoul, abogada y parte del equipo de la organización 100% Estrógeno; Magdymar León, psicóloga con estudios de la mujer y coordinadora de la Asociación Venezolana para una educación sexual alternativa (Avesa); y Cristina Rosero, abogada y asesora legal del Centro de Derechos Reproductivos

Hay que hablar del tema. 

¿Qué dicen las leyes venezolanas?

El aborto es ilegal y está penalizado en Venezuela. El Código Penal tipifica el aborto inducido como delito, con penas entre seis meses y dos años en prisión a mujeres que los practiquen valiéndose por ellas mismas o con ayuda de un tercero. 

La ley también penaliza a los médicos, a la “persona que ejerza el arte de curar” o a terceros: así sea indicando, facilitando o empleando medios que permitan llevar a cabo un aborto, la pena aumenta una sexta parte. 

En el artículo 434 se establece que las penas serán disminuidas en caso de que “el autor del aborto lo hubiere cometido por salvar su propio honor o la honra de su esposa, de su madre, de su descendiente, de su hermana o de su hija adoptiva”. 

En el Código Penal, el aborto inducido solo es permitido y se considera legal “como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta”. Aunque esto está contemplado, en la práctica se vuelve difuso. “Si la vida de la madre está en peligro, que sería la única causal que se acepta según la estructura legal interna venezolana, pues no están claros los protocolos de acción y va a depender de la discrecionalidad y de la potestad del médico tratante”, explica la abogada Venus Faddoul. 

El aborto, incluso, es ilegal en caso de incesto, de que se trate de una menor de edad, por una malformación congénita en el feto o que haya ocurrido producto de una violación. 

Venezuela es el país de la región con una de las leyes más restrictivas, rígidas y anacrónicas en cuanto a aborto se refiere: no ha tenido reforma desde hace más de 100 años. 

Aunque el Código Penal fue parcialmente reformado en 2005, no se ha adecuado a los estándares internacionales en materia de derechos sexuales y reproductivos, así como tampoco se adecúa a los derechos humanos contemplados en la Constitución. Por esta razón es considerado un instrumento legal inconstitucional.

En la Carta Magna están consagrados los derechos sexuales y reproductivos en varios de sus artículos, así como en la Ley Orgánica de Salud, la Ley   Orgánica sobre el  Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de Protección a la Familia, la Maternidad y la Paternidad y la Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH/SIDA y sus familiares.

La abogada Selene Soto plantea que, aunque los derechos sexuales y reproductivos están garantizados en la Constitución, en el apartado del derecho a la vida no se habla del derecho a la vida en concepción, dejando el término a un amplio entendimiento. 

“Si bien esto no es necesariamente un obstáculo para avanzar en la despenalización, sí suele utilizarse como el argumento principal. Aunque la Constitución tiene un marco favorable en materia de derechos sexuales y reproductivos, eso no se ha traducido en una adecuación de las normas legales para garantizar esos derechos y principalmente el problema sigue siendo el Código Penal”. 

Para Faddoul, la no especificación en la Constitución sobre el derecho a la vida desde la concepción es una limitante para la despenalización. “Si tú reconoces la vida y la vida es inviolable desde la concepción, ¿cómo vas a poder después legislar para la interrupción del embarazo?”. 

Aunque los movimientos feministas venezolanas habían intentado que se despenalizara el aborto en el Código Penal por reformas o con la creación de uno nuevo, se han planteado iniciativas para modificar la Constitución, hasta el momento no se ha logrado. 

Más reciente, el 28 de septiembre de 2021, con motivo de la concentración de la Ruta Verde, fue entregado un documento que solicita que los delitos contra el aborto sean sacados del Código Penal.