CPI ordena reanudar investigación sobre crímenes de lesa humanidad en Venezuela

La Sala concluyó que, si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía

 

Este martes, 27 de junio, se anunció que los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) autorizaron al Fiscal, Karim Khan, a reanudar la investigación sobre Crímenes de Lesa Humanidad del  Caso Venezuela I.

La Sala, integrada por los Jueces Péter Kovács (presidente), Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou, y María del Socorro Flores Liera, consideró la solicitud de la Fiscalía y  las observaciones de las autoridades venezolanas competentes, quienes aseguran, “colaboraron activamente con la Corte en este proceso”, así como también con las 1.875 presentaciones de opiniones e inquietudes transmitidas a través de la Sección de Reparación y Participación de las Víctimas. 

La Sala concluyó que, si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía. La Sala extrajo su conclusión de las observaciones y el material que se le presentó. 

 

En relación con los factores que la Sala consideró determinantes para su conclusión, encontró que aparentemente Venezuela no está investigando las alegaciones de hecho que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad, y que el enfoque de las investigaciones internas parece estar generalmente en los perpetradores directos y/o de menor nivel.

Como parte de su consideración de los factores restantes, la Sala señaló que Venezuela parece haber tomado medidas de investigación limitadas y que, en muchos casos, parece haber períodos de inactividad investigativa inexplicable. 

La Sala también señaló que las investigaciones internas parecen no abordar suficientemente las formas de criminalidad que la Fiscalía pretende investigar, refiriéndose en particular a la intención discriminatoria que subyace al presunto delito de persecución y la investigación aparentemente insuficiente de los delitos de naturaleza sexual.

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La Sala concluyó que, si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía

 

Este martes, 27 de junio, se anunció que los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) autorizaron al Fiscal, Karim Khan, a reanudar la investigación sobre Crímenes de Lesa Humanidad del  Caso Venezuela I.

La Sala, integrada por los Jueces Péter Kovács (presidente), Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou, y María del Socorro Flores Liera, consideró la solicitud de la Fiscalía y  las observaciones de las autoridades venezolanas competentes, quienes aseguran, “colaboraron activamente con la Corte en este proceso”, así como también con las 1.875 presentaciones de opiniones e inquietudes transmitidas a través de la Sección de Reparación y Participación de las Víctimas. 

La Sala concluyó que, si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía. La Sala extrajo su conclusión de las observaciones y el material que se le presentó. 

 

En relación con los factores que la Sala consideró determinantes para su conclusión, encontró que aparentemente Venezuela no está investigando las alegaciones de hecho que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad, y que el enfoque de las investigaciones internas parece estar generalmente en los perpetradores directos y/o de menor nivel.

Como parte de su consideración de los factores restantes, la Sala señaló que Venezuela parece haber tomado medidas de investigación limitadas y que, en muchos casos, parece haber períodos de inactividad investigativa inexplicable. 

La Sala también señaló que las investigaciones internas parecen no abordar suficientemente las formas de criminalidad que la Fiscalía pretende investigar, refiriéndose en particular a la intención discriminatoria que subyace al presunto delito de persecución y la investigación aparentemente insuficiente de los delitos de naturaleza sexual.

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