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Víctimas de las protestas de mayo 2017 en Barinas aún esperan justicia

Fundehullan afirmó que ante estos hechos el Estado venezolano ha vulnerado el debido proceso y sus principios y garantías fundamentales y constitucionales del derecho a la vida

 

La Fundación de Derechos Humanos de los Llanos (Fundehullan) denunció que aunque han transcurrido seis años y nueve meses de las protestas de mayo de 2017 en Barinas, las familias de los jóvenes fallecidos aún esperan justicia.

Yorman Alí Bervecia Cabeza, Elvis Adonis Montilla Pérez y Miguel Ángel Bravo fueron asesinados en la ola de protestas los días 21, 22 y 23 de mayo. Desde entonces sus familiares, acompañados con asistencia jurídica por parte de Fundehullan, exigen justicia al Estado, debido a que los casos aún se encuentran en «proceso de investigación».

Yorman Berbecia, de 18 años, estudiante, se encontraba en la urbanización José Antonio Páez en el sector “Los Pozones”, cuando participaba en una protesta y recibió un disparo en el tórax.

Elvis Adonis Montilla Pérez se encontraba en la urbanización Andrés Eloy Blanco, en una manifestación pacífica, cuando recibió un disparo en el intercostal izquierdo, fue trasladado al Hospital Luis Razetti de Barinas, donde llego sin signos vitales.

Mientras que Miguel Ángel Bravo tenía 25 años el día de su asesinato. Falleció de una hemorragia interna y shock hipovolémico a causa de heridas de arma de fuego en Socopó.

Vulneración al derecho a la vida

Fundehullan afirmó que ante estos hechos el Estado venezolano ha vulnerado «el debido proceso y sus principios y garantías fundamentales y constitucionales del derecho a la vida».

Resaltaron que en los tres casos ha habido retardo procesal y silencio por parte del Ministerio Público y de los Jueces del Circuito Judicial Penal del estado Barinas a las diferentes solicitudes realizadas.

Cabe destacar que con que este hecho violatorio de derechos humanos fue vulnerado el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, establece que “todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Nadie podrá someterse a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”, en el que Venezuela esta suscrita desde 1.978.

Del mismo modo, fue vulnerado el derecho a la vida consagrado en el Artículo 4 en el Pacto de San José, en este se establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida”, del cual Venezuela ya no es parte desde el año 2013. Con este hecho también se vulnera el artículo 43 establece “el derecho a la vida es inviolable” de la Carta Magna de Venezuela.

Finalmente, Fundehullan exhortó al Estado venezolano a hacer justicia y reparación a las víctimas.

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