#EspañaEnAméricaSinLeyendas | Examen de conciencia - Runrun
#EspañaEnAméricaSinLeyendas | Examen de conciencia

Monumento a Fray Antonio de Montesinos en República Dominicana, obra de Antonio Castellanos Basich. 

El examen de conciencia encontró origen en las severas acusaciones ventiladas desde Santo Domingo por el dominico fray Antonio Montesinos

 

@eliaspino

España fue la primera potencia colonial del mundo moderno –la única, en realidad- que puso en duda su derecho a la dominación de tierras extrañas, o que reflexionó sobre el asunto con un detenimiento susceptible de atención. No se pretende afirmar ahora que el férreo conquistador se convirtiera en beatífico administrador de las tierras y de los hombres encontrados, después de que se advirtieran sus depredaciones, sino solo que la Corona planteó el tema de los derechos de su dominación ante las autoridades académicas y religiosas más respetadas de entonces para buscar una contención ajustada a los principios morales que imperaban. Tampoco se plantea aquí un tema novedoso, debido a que los historiadores lo han tratado con profusión; pero es un asunto generalmente desconocido por el lector común sobre el cual se debe volver para darle unos coscorrones a la Leyenda Negra.

El examen de conciencia encontró origen en las severas acusaciones ventiladas desde Santo Domingo por el dominico fray Antonio Montesinos en un sermón pronunciado durante los oficios de adviento celebrados en 1511. Veamos la parte más elocuente del sermón, que dejó para la posteridad una trascripción hecha por el padre Bartolomé de las Casas. Dice así:

Decid. ¿Con qué derecho y con qué justicia tenéis en tal cruel y horrible servidumbre aquestos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas dellas, con muerte y estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados, sin dalles de comer ni curallos de sus enfermedades, que, de los excesivos trabajos que les dais, incurres y se os mueren, y por mejor decir, los matan, por sacar y adquirir oro cada día? ¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine y conozcan a su Dios y criador, sean baptizados, oigan misa, guarden las fiesta y domingos? ¿Estos, no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amallos como a vosotros mismos? ¿Esto no entendéis? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño tan letárgico dormidos?

Estamos ante una requisitoria fulminante, como se ha visto. El fraile Montesinos no se limita a la denuncia de situaciones de escandalosa explotación de los indígenas, sino también a dudar sobre el derecho de los gobernantes a mantenerlos sojuzgados. Es un documento excepcional porque es el primero de su género conocido en las colonias, pero especialmente debido a que su contenido repercute en la Corte y la obliga a ocuparse del asunto a través de consultas que se pueden considerar insólitas, si se advierte cómo las otras metrópolis de la época ni siquiera se tomaron la molestia de una ligera reflexión sobre un problema crucial para las civilizaciones cristianas.

Debido a la denuncia, Fernando el Católico convocó una junta de juristas y teólogos para que discutieran sobre el trato que se daba a los indígenas.

La convocatoria se debía a las acusaciones de Montesinos, desde luego, pero también a la memoria del codicilo del testamento de Isabel la Católica que consideró como seres humanos y como vasallos dignos de consideración a los hombres que habitaban las Indias. La junta se reunió en Burgos, en 1512, para buscar remedio a las atrocidades puestas sobre la mesa. La integraron unos jurisconsultos y religiosos célebres como Juan Rodríguez de Fonseca, Juan López de Palacios Rubios, fray Matías de Paz y el catedrático Tomás Durán, quienes reconocieron la obligación moral y legal de liquidar las situaciones de injusticia planteadas por el predicador de Santo Domingo hasta entonces desconocido.

El resultado inmediato de las discusiones fue la promulgación de las Leyes de Burgos, en el mismo año de 1512, en las cuales se estableció la obligación del buen tratamiento de los vasallos encontrados en las colonias que se estaban estableciendo. Su trabajo se debía remunerar como ocurría con la mano de obra en la península, con el debido descanso y con las pausas especiales que se debían conceder para la enseñanza de la fe católica. También se debía dejar libertad para sus emprendimientos, como levantar haciendas de su propiedad y realizar trabajos que los llevaran a la adquisición de viviendas sin ningún tipo de trabas.

Pero las discusiones iniciales solo fueron el principio de unos debates memorables sobre los derechos de conquista, que profundizaron en el problema de los justos títulos de dominación hasta el punto de llegar al atrevimiento de negarlos. Se despertó, aunque no del todo, del “sueño letárgico” señalado por fray Antonio Montesinos. Sobre estos trascendentales debates se volverá en el siguiente artículo.